Situaciones en las que ayudamos
Expedientes disciplinarios, recursos contra sanciones, evaluaciones y ascensos, destinos, y bajas por insuficiencia de condiciones psicofísicas. Una materia con reglas propias, plazos cortos y un conducto que hay que respetar: conviene no improvisar.
Aviso de plazo
Contra una sanción disciplinaria tiene 30 días naturales para el recurso de alzada. No es «un mes»: son treinta días, y cuentan también los festivos.
Servicios del área
- Expedientes disciplinarios. Defensa desde el pliego de cargos: prueba, alegaciones y recurso en plazo.
- Recursos contra sanciones. Alzada y contencioso-disciplinario militar. Suspensión de la sanción cuando procede.
- Evaluaciones y ascensos. Impugnación de informes de calificación y de acuerdos de los órganos de evaluación.
- Destinos y comisiones. Asignación, cese, comisiones de servicio y compatibilidades.
- Condiciones psicofísicas. Expedientes de insuficiencia, limitaciones para el servicio y pase a retiro.
- Tropa y marinería. Compromisos, renovaciones, no renovación y acceso a la condición de permanente.
Situaciones en las que ayudamos
- Le abren un expediente disciplinario y no sabe si lo que se le imputa es falta leve, grave o muy grave.
- Le imponen un arresto o una sanción y quiere recurrirla sin que le perjudique en la carrera.
- Su informe personal de calificación no refleja su trabajo y le está costando puestos en la evaluación.
- Le deniegan un destino, una comisión de servicio o una compatibilidad y no entiende el criterio.
- Le declaran insuficiencia de condiciones psicofísicas y teme perder la relación de servicios.
- Termina su compromiso de tropa o marinería y necesita saber qué opciones reales le quedan.
Tipos de falta disciplinaria
- Leve. La mayoría de los expedientes. Prescribe a los dos meses y la sanción, a los tres. Los plazos juegan a su favor si se actúa.
- Grave. Prescribe a los dos años. Puede llevar aparejada pérdida de destino y afectar de lleno al historial.
- Muy grave. Prescribe a los tres años. Se juega la separación del servicio: aquí no se recurre sin abogado.
- Vía penal militar. Algunos hechos salen de lo disciplinario y entran en el Código Penal Militar. Conviene saberlo desde el primer día.
Cómo trabajamos el caso
- Lectura del expediente. Pliego de cargos, parte, declaraciones y antecedentes. Comprobamos plazos y competencia del mando.
- Estrategia y presupuesto. Le decimos qué se puede discutir, con qué prueba y qué coste tiene, por escrito.
- Alegaciones y prueba. Escrito de alegaciones dentro del expediente, que es donde de verdad se gana o se pierde.
- Alzada y contencioso. Recurso ante el mando competente y, si hace falta, contencioso-disciplinario militar.
Qué traer a la primera cita
- Pliego de cargos o parte disciplinario
- Resolución sancionadora, si ya la hay
- Justificante de la fecha de notificación
- Informes personales de calificación
- Hoja de servicios actualizada
- Cualquier escrito que ya haya presentado
Plazos legales
En lo militar el plazo se cuenta en días naturales, no hábiles.
| Actuación | Plazo | Se cuenta desde |
|---|---|---|
| Recurso de alzada contra la sanción | 30 días naturales | la notificación de la resolución |
| Prescripción de la falta leve | 2 meses | la comisión de los hechos |
| Prescripción de la falta grave | 2 años | la comisión de los hechos |
| Prescripción de la falta muy grave | 3 años | la comisión de los hechos |
| Prescripción de la sanción por falta leve | 3 meses | la firmeza de la resolución |
Plazos de la Ley Orgánica 8/2014, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Orientación general: el plazo exacto de su caso depende de la fecha de notificación y del procedimiento seguido. Tráiganos los papeles y lo comprobamos en la primera cita.
Preguntas frecuentes
¿Recurrir una sanción me va a perjudicar en la carrera?
Recurrir es un derecho y ejercerlo no es sancionable. Lo que sí pesa en un historial es una sanción firme que no se discutió. Distinto es la forma: se recurre por escrito, por el cauce previsto y sin salirse del conducto reglamentario.
¿Puedo pedir que no se ejecute el arresto mientras recurro?
Se puede solicitar la suspensión de la ejecución al interponer el recurso. No es automática y hay que motivarla, normalmente acreditando el perjuicio que causaría cumplir la sanción antes de que se resuelva.
¿Necesito abogado para el expediente o basta con el recurso?
Legalmente puede defenderse usted mismo. En la práctica, el expediente es donde se fija la prueba: lo que no se alega ahí es muy difícil de introducir después en el recurso. Cuanto antes entre el abogado, más margen hay.
¿Atienden a personal destinado fuera de Ferrol?
Sí. La primera cita es presencial en el despacho, en Calle Dolores 70, y el resto del asunto puede llevarse por escrito. Trabajamos con personal de la Armada, del Arsenal y de las unidades de la comarca.
Calle Dolores 70, Ferrol. Traiga el pliego y la fecha de notificación.
Lleva esta área
- Xoán Ferreiro RiloAbogadoICA Ferrol nº 3.688
